
¿Cuáles son los efectos de la doble nacionalidad?
El encuentro de dos nacionalidades dentro de una misma persona lleva a la existencia de un doble vínculo jurídico. La persona con doble nacionalidad es simultáneamente ciudadano de dos países y tiene plena condición jurídica de ciudadano de ambos países.
Esto no significa, sin embargo, que tales personas puedan estar sujetas a las leyes de ambos países al mismo tiempo; por el contrario, se articulan los medios para «preferir una de las nacionalidades» a la persona con doble nacionalidad, a fin de tener un punto de referencia en las relaciones entre el ciudadano y el Estado.
Con este fin, la mayoría de los acuerdos sobre doble nacionalidad toman el domicilio como punto de referencia, de modo que los ciudadanos con doble nacionalidad no están permanentemente sujetos a ambas leyes, sino sólo a la del país en el que residen. Esto se refiere en particular a la concesión de pasaportes, la protección diplomática, el ejercicio de los derechos civiles y políticos, los derechos laborales y de seguridad social y las obligaciones militares.
¿Cómo se puede obtener la doble nacionalidad?
La doble nacionalidad se adquiere por la adquisición de la nacionalidad española en una de las formas descritas en el apartado de los procedimientos de adquisición de la nacionalidad, o por la adquisición de la nacionalidad española, ya que no hay obligación de renunciar a la nacionalidad ya poseída.
¿Qué nacionalidades se pueden compartir con la ciudadanía española?
No es preciso que renuncie a su nacionalidad si procede de un país de Latinoamérica, Andorra, Filipinas, G. Ecuatorial o bien Portugal. Para esto, los países sudamericanos son aquellos en los que el de España o bien el portugués es uno de los idiomas oficiales. A los efectos de la adquisición de la doble nacionalidad, Haití, Jamaica, Trinidad y Tabago y Guyana no se consideran países iberoamericanos, al contrario que Puerto Rico que si se considera un país iberoamericano.